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Regularizaciones

Ley del Mono

Regularizar una construcción significa actualizar la situación de dicha construcción con respecto a la información existente en la Dirección de Obras de la Municipalidad.

El proceso consiste en primero, tramitar el "Permiso de Edificación" (30 días si la carpeta no tiene observaciones) y una vez obtenido éste, solicitar la "Recepción Definitiva de la Obra". Todo lo anterior siempre y cuando la construcción cumpla con el Plan Regulador y las Ordenanzas Locales de la ciudad.

La Ley exige que toda Obra Nueva o Ampliación debe contar con los permisos respectivos previo a su construcción y también es importante considerar que tener una construcción Regularizada es requisito fundamental para procesos de compraventa de inmuebles y para la obtención de Patentes comerciales.

Para viviendas menores a 140m2, existe la facilidad de "Regularización simplificada", que tiene un costo de Derechos Municipales menores que una Regularización normal y exige un número menor de documentos y exigencias.

Documentos que debe contener la carpeta para Permiso de Edificación:

- Formulario de solicitud de Permiso de Edificación.

- Certificado de Avalúo Fiscal 

- Inscripción de dominio de la propiedad

- Certificado de Ruralidad o Certificado de Informaciones Previas.

- Certificado de Factibilidad de Agua o Proyecto Sanitario aprobado.

- Patente Profesional del Arquitecto.

- IFC (ex CUS) si corresponde.

- Carta de Pertinencia SEIA si corresponde.

- Declaración del Arquitecto por el Estado de la Obra

- Formulario INE

- 3copias de Planos de Arquitectura

- Especificaciones Técnicas

Documentos que debe contener la carpeta para Recepción Definitiva:

- Formulario de solicitud de Recepción Definitiva.

- Informe del Arquitecto señalando que la Obra se realizó de acuerdo al Permiso de Edificación aprobado.

- Permiso de Edificación cancelado.

- Certificado de dotación de agua o Resolución de Recepción de Obras Sanitarias.

- Proyecto eléctrico aprobado por la SEC.

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