Regularizaciones
Ley del Mono
Regularizar una construcción significa actualizar la situación de dicha construcción con respecto a la información existente en la Dirección de Obras de la Municipalidad.
El proceso consiste en primero, tramitar el "Permiso de Edificación" (30 días si la carpeta no tiene observaciones) y una vez obtenido éste, solicitar la "Recepción Definitiva de la Obra". Todo lo anterior siempre y cuando la construcción cumpla con el Plan Regulador y las Ordenanzas Locales de la ciudad.
La Ley exige que toda Obra Nueva o Ampliación debe contar con los permisos respectivos previo a su construcción y también es importante considerar que tener una construcción Regularizada es requisito fundamental para procesos de compraventa de inmuebles y para la obtención de Patentes comerciales.
Para viviendas menores a 140m2, existe la facilidad de "Regularización simplificada", que tiene un costo de Derechos Municipales menores que una Regularización normal y exige un número menor de documentos y exigencias.
Documentos que debe contener la carpeta para Permiso de Edificación:
- Formulario de solicitud de Permiso de Edificación.
- Certificado de Avalúo Fiscal
- Inscripción de dominio de la propiedad
- Certificado de Ruralidad o Certificado de Informaciones Previas.
- Certificado de Factibilidad de Agua o Proyecto Sanitario aprobado.
- Patente Profesional del Arquitecto.
- IFC (ex CUS) si corresponde.
- Carta de Pertinencia SEIA si corresponde.
- Declaración del Arquitecto por el Estado de la Obra
- Formulario INE
- 3copias de Planos de Arquitectura
- Especificaciones Técnicas
Documentos que debe contener la carpeta para Recepción Definitiva:
- Formulario de solicitud de Recepción Definitiva.
- Informe del Arquitecto señalando que la Obra se realizó de acuerdo al Permiso de Edificación aprobado.
- Permiso de Edificación cancelado.
- Certificado de dotación de agua o Resolución de Recepción de Obras Sanitarias.
- Proyecto eléctrico aprobado por la SEC.